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Desarrollo sostenible

Lo que México firmó: acuerdos que obligan y acuerdos que orientan

París, Escazú, el Convenio 169, el T-MEC, el nuevo acuerdo con la Unión Europea. No todos pesan igual. Una guía para distinguir el tratado que un juez puede aplicar de la declaración que sólo orienta, y lo que cada uno le pide a un proyecto de energía o de industria.

Por Sebastián Rodríguez Sánchez· Director General, Bajío Ventures· 9 min
Infraestructura energética en el corredor industrial del Bajío

Preparación de proyectos de energía con criterios ambientales, sociales y de reporte.

Hablemos de su proyecto

Bajío Ventures · octubre de 2026 · Del compromiso al proyecto, 3 de 6

México firma casi todo. La pregunta útil para quien desarrolla un proyecto no es qué firmó, sino qué de lo firmado puede terminar en un requisito, en un amparo o en una condición de su cliente. Esta nota separa tres niveles: tratados que obligan, compromisos políticos que orientan y reglas de comercio que cobran.

En esta serie: 1. Los ODM · 2. Los ODS a cuatro años de 2030 · 3. Lo que México firmó (esta nota) · 4. Lo que hace el gobierno federal · 5. Los estados del Bajío · 6. Lo que puede hacer Bajío Ventures

Primero, la jerarquía

Un tratado ratificado es derecho mexicano. Y desde la reforma constitucional de 2011, los derechos humanos contenidos en tratados forman, junto con la Constitución, el parámetro con el que se revisa cualquier acto de autoridad; así lo fijó la Suprema Corte en la jurisprudencia P./J. 20/2014. El derecho a un medio ambiente sano, a la información y a la consulta entran por esa puerta.

La Agenda 2030, la Declaración del Milenio y las declaraciones de las cumbres climáticas son otra cosa: resoluciones y compromisos políticos. No se pueden demandar. Orientan planes, presupuestos y, cada vez más, las condiciones del financiamiento.

Nivel 1: tratados que obligan

Tratado Ratificación de México En vigor Qué exige
Convención Marco sobre Cambio Climático 11-mar-1993 21-mar-1994 Inventarios y reportes de emisiones
Protocolo de Kioto 7-sep-2000 16-feb-2005 Sin meta cuantitativa para México
Acuerdo de París 21-sep-2016 4-nov-2016 Presentar, actualizar y reportar una contribución nacional (NDC)
Protocolo de Montreal 31-mar-1988 1-ene-1989 Eliminar sustancias que agotan el ozono
Enmienda de Kigali 25-sep-2018 1-ene-2019 Reducir gradualmente los HFC de refrigeración y aire acondicionado
Convenio sobre la Diversidad Biológica 11-mar-1993 29-dic-1993 Conservación y uso sostenible
Convenios de Basilea, Estocolmo y Minamata 1991, 2003, 2015 1992, 2004, 2017 Residuos peligrosos, contaminantes persistentes, mercurio
Acuerdo de Escazú 22-ene-2021 22-abr-2021 Información, participación y justicia ambiental; protección a personas defensoras
Convenio 169 de la OIT 5-sep-1990 5-sep-1991 Consulta a pueblos indígenas
Tratado de Alta Mar (BBNJ) 22-sep-2025 17-ene-2026 Biodiversidad marina fuera de la jurisdicción nacional

Fechas de la Colección de Tratados de la ONU; las del Convenio 169 corresponden al registro de la OIT.

París y la NDC 3.0

El Acuerdo de París obliga al procedimiento: presentar una contribución, actualizarla cada cinco años y reportar. Las cifras de la contribución no son exigibles ante un tribunal internacional. Sí son la referencia de todo lo demás.

México lleva cuatro versiones. La de 2015 ofrecía reducir 22 % las emisiones frente a un escenario tendencial. La actualización de 2020 mantuvo la cifra con una línea base más alta; un tribunal colegiado la suspendió en 2021 a petición de Greenpeace y la suspensión se levantó en diciembre de 2022. La de noviembre de 2022 subió a 35 % incondicional en 2030.

La NDC 3.0, presentada en la COP30 de Belém en noviembre de 2025, cambia el formato. Por primera vez la meta es absoluta:

  • 2035, sin condiciones: entre 364 y 404 millones de toneladas de CO₂ equivalente, netas.
  • 2035, con financiamiento internacional: entre 332 y 363 millones.
  • Emisiones netas cero en 2050.
  • Metano: 30 % menos en 2030.
  • Electricidad limpia: 38.5 % en 2030 y 43.3 % en 2035.
  • Un componente propio de pérdidas y daños, y la meta de conservar 30 % del territorio en 2030.

Climate Action Tracker califica el conjunto como «altamente insuficiente» (febrero de 2026): la meta mejoró, las políticas vigentes no la alcanzan.

Escazú

El Acuerdo de Escazú es el que más toca a los proyectos. Obliga a entregar información ambiental sin pedir justificación, a abrir la participación desde las etapas iniciales de un permiso y a garantizar el acceso a la justicia. Quién puede impugnar un proyecto sigue en discusión. En mayo de 2026, según una columna en Diario de Yucatán, la Suprema Corte reconoció el interés legítimo de habitantes mayas de tres comunidades para impugnar una norma estatal sobre granjas porcícolas. En sentido contrario, la reforma a la Ley de Amparo de octubre de 2025 exige una lesión jurídica «real y diferenciada del resto de las personas». La tensión entre las dos reglas se va a resolver caso por caso.

Convenio 169 y la consulta

México ratificó el Convenio 169 en 1990. La reforma al artículo 2.º constitucional del 30 de septiembre de 2024 lo llevó más lejos: reconoce a los pueblos indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho público, exige consulta ante medidas con impactos significativos y dispone que, si el beneficiario es un particular, éste cubra el costo de la consulta y otorgue un beneficio justo y equitativo.

El sector eléctrico ya lo tiene en su regla. El Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico (3 de octubre de 2025) pide la autorización de la manifestación de impacto social antes de iniciar obra, con un plan de gestión social y de beneficios compartidos. Lo detallamos en Tres cambios ambientales y sociales para proyectos de energía.

Nivel 2: compromisos que orientan

Son declaraciones. No obligan, pero aparecen en los planes y en las preguntas de los bancos.

  • Compromiso Global de Metano (COP26, 2021): reducir 30 % las emisiones globales de metano en 2030.
  • Declaración de Glasgow sobre bosques (2021): México se sumó a última hora.
  • Declaración de vehículos de cero emisiones (2021): 100 % de autos y camionetas nuevos sin emisiones en 2040.
  • Alianza para dejar atrás el carbón: México es miembro desde 2017 y no tiene un plan federal de retiro.
  • Triplicar renovables y duplicar eficiencia (COP28, 2023): México figura entre los 133 países firmantes.
  • Marco Kunming-Montreal (2022): conservar al menos 30 % de la superficie terrestre y marina en 2030.
  • Agenda 2030, Marco de Sendai, Agenda de Acción de Addis Abeba, Nueva Agenda Urbana, Compromiso de Sevilla.

La próxima cita es la COP31, en Antalya, Turquía, del 9 al 20 de noviembre de 2026.

Nivel 3: comercio que cobra

Aquí está el nivel con consecuencias más rápidas para una planta del Bajío.

T-MEC. El capítulo 24 prohíbe dejar de aplicar la ley ambiental, de forma sostenida o recurrente, de una manera que afecte el comercio o la inversión entre los socios. Está sujeto a paneles de solución de controversias. El tratado tiene además un mecanismo laboral de respuesta rápida que actúa planta por planta. La lista del representante comercial de Estados Unidos registraba 49 casos a finales de septiembre de 2026. Por nuestro conteo, 19 corresponden a plantas en los cinco estados que revisa esta serie: siete en Guanajuato, cuatro en Querétaro, cuatro en San Luis Potosí, dos en Aguascalientes y dos en Jalisco.

En la revisión conjunta del 1 de julio de 2026, Estados Unidos no confirmó la extensión del tratado por 16 años. El T-MEC sigue vigente hasta 2036, con revisiones anuales.

Unión Europea. El Acuerdo Global Modernizado se firmó en la Ciudad de México el 22 de mayo de 2026 y el Parlamento Europeo lo aprobó el 8 de julio. Su capítulo de comercio y desarrollo sostenible contiene, en palabras del Consejo de la UE, compromisos vinculantes en derechos laborales, protección ambiental y acción climática. Al cierre de esta nota no localizamos la aprobación del Senado mexicano.

CBAM. El mecanismo europeo de ajuste en frontera por carbono entró en su fase definitiva el 1 de enero de 2026 para cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. La obligación legal es del importador europeo. La carga práctica es del productor: entregar datos verificados de las emisiones incorporadas en su producto. La venta de certificados empieza en febrero de 2027 y la primera declaración anual, sobre las importaciones de 2026, vence el 30 de septiembre de 2027.

Reporte. Las normas internacionales de sostenibilidad ya son regla local. La CNBV exige a las emisoras reportar bajo las normas NIIF S1 y S2 desde el ejercicio 2025. Para las empresas privadas que aplican las normas mexicanas de información financiera, las NIS A-1 y B-1 piden 30 indicadores básicos —16 ambientales, 6 sociales y 8 de gobernanza— sobre el ejercicio 2025, que se revela en 2026.

Qué significa para un proyecto

Si el proyecto… Aplica En la práctica
Requiere un permiso ambiental Escazú Información pública y participación temprana; más actores con capacidad de impugnar
Está en o cerca de territorio indígena Convenio 169 y artículo 2.º Consulta previa, costo a cargo del promovente, beneficio compartido
Es de generación o transmisión eléctrica Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico Impacto social autorizado antes de iniciar obra
Usa refrigerantes Kigali Calendario de reducción de HFC
Vende acero, aluminio o cemento a clientes europeos CBAM Datos verificados de emisiones por producto
Es proveedor de una emisora o de una empresa que aplica NIS NIIF S1/S2, NIS Le van a pedir sus emisiones, incluido el consumo eléctrico
Exporta a Estados Unidos T-MEC, capítulos 23 y 24 Cumplimiento laboral y ambiental verificable por planta

La lectura

1. Lo que obliga más rápido no es el tratado climático. Es el cliente, el banco y la aduana. Una planta mediana del Bajío sentirá el CBAM y las NIS antes que la NDC.

2. La consulta y la información ya no son trámite final. Con Escazú y el artículo 2.º, un proyecto que informa tarde es impugnable. El costo de hacerlo bien al inicio es menor que el de un amparo a media obra.

3. La meta de 2035 necesita proyectos. Entre 364 y 404 millones de toneladas es una cifra nacional. Se cumple o no en decisiones de escala regional: qué se conecta, con qué se genera calor, cómo se mueve la carga. Lo que hace el gobierno federal para llegar ahí es el tema de la siguiente entrega.

Esta nota es informativa y no constituye asesoría legal ni de inversión. El estado de ratificación y las reglas citadas cambian; verifique la versión vigente antes de tomar decisiones.


Fuentes: ONU — Colección de Tratados, capítulo XXVII · UNAM, Cuestiones Constitucionales — jurisprudencia P./J. 20/2014 · CMNUCC — NDC de México, actualización 2022 · Climate Case Chart — Greenpeace vs. INECC · La Jornada — NDC 3.0 en la COP30, 18-nov-2025 · Expansión — metas de la NDC 3.0, 20-nov-2025 · Gaceta Parlamentaria, 9-sep-2026 · Climate Action Tracker — México · Galicia Abogados — Acuerdo de Escazú · Diario de Yucatán — columna «Derecho a demandar», 7-jun-2026 · Senado — decreto de reforma al artículo 2.º · Holland & Knight — Reglamento de la Ley del Sector Eléctrico · Crónica — declaración de bosques · Mexico Business News — vehículos de cero emisiones · AIE — México en la alianza contra el carbón · COP28 — compromiso de renovables y eficiencia · CDB — meta 3 del Marco Kunming-Montreal · ONU — rumbo a la COP31 · USTR — T-MEC, capítulo 24 · USTR — mecanismo laboral de respuesta rápida · White & Case — revisión conjunta del T-MEC, jul-2026 · Consejo de la UE — acuerdos con México, 11-may-2026 · La Jornada — Parlamento Europeo, 8-jul-2026 · Comisión Europea — CBAM · Taylor Wessing — cambios al CBAM, oct-2025 · KPMG — regla de la CNBV, ene-2025 · Forvis Mazars — NIS en 2026

Bajío Ventures — grupo mexicano de inversión en infraestructura energética con base en Guanajuato: capital, plataforma de datos sobre la base industrial regional y canal industrial alemán, con asesoría propia en Berlín.

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